Ayudas económicas para la promoción de la Danza 2009
Departamento / Organismo Autónomo
Cultura
Dirección de Patrimonio Cultural
- Ayudas a la creación coreográfica
- Ayudas a la consolidación de compañías de danza
- Ayudas a la producción de obras de danza
- Ayudas para giras artísticas
- Ayudas para formación permanente de profesionales de la danza
- Ayudas para proyectos de apoyo a la Creación, Producción o Difusión Profesional
solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Modalidad de creación coreográfica: personas físicas empadronadas en cualquier Municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes.
b) Para el resto de modalidades será imprescindible el cumplimiento de los dos siguientes requisitos:
b1.- Ser personas físicas o jurídico-privadas cuyo domicilio o sede social se ubique en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Respecto a este requisito, no se tomarán en cuanta solicitudes presentadas bajo la forma de 'Comunidad de bienes'.
b2.- Estar dado/a de alta, a la fecha del cierre del plazo de solicitudes, en el correspondiente epígrafe del impuesto de actividades económicas y en el caso de las personas jurídicas tener un objeto o fin social acorde con actividades de danza.
365.000 €
BOPV (590 Kb) de 18 de agosto de 2009
Imanol Arana:
Tlf.: 945 019 521
La indicada en los anexos
19-8-2009 al 18-9-2009
Registro del Departamento de Cultura
Donostia-San Sebastián 1
Lakua I, 2ª planta
01.010 Vitoria-Gasteiz
Registro General Central: c/ Donostia-San Sebastián, 1 - 01010 Vitoria-Gasteiz
Registro Auxiliar del Edificio de Gran Vía, 85: c/ Gran Vía, 85 - 48001 Bilbao
Registro Auxiliar del Edificio de Andia: c/ Andia, 13 - 20004 Donostia-San Sebastián
Otros registros de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi (Decreto 72/2008, de 29 de abril, BOPV nº 102 de 30 de mayo de 2008),
Por cualesquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En el caso de que optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea sellado por el funcionario de Correos antes de certificarla.
Inicio, instrucción y resolución
Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes
Seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presenta Orden de convocatoria.
Desestimatorios
La resolución pone fín a la vía administrativa
Ver archivo (324 kb)
No hay
No hay
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.