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Dirección de Servicios

 

Titular: Iñigo Cortazar Ibañez
DONOSTIA-SAN SEBASTIAN, 1
01010 VITORIA-GASTEIZ (ALAVA)
Tlf.: 945019508 Ext. 19508
Fax945019535


Funciones

 En el ámbito de gestión económica y asistencia jurídica le corresponde:

  • a) Programar y, en su caso, elaborar de forma coordinada con las demás Direcciones del Departamento los estudios y memorias de contenido económico en las áreas de competencia del Departamento. En cuanto a la preparación del anteproyecto de presupuestos del Departamento coordinará a las diferentes Direcciones y formulará el propio anteproyecto, bajo la supervisión de la Consejera .
  • b) Desempeñar los cometidos, gestionar los expedientes que correspondan al Departamento respecto a las competencias relacionadas con las materias propias de la Hacienda General del País Vasco, así como autorizar los gastos del Departamento cuando no correspondan a otro órgano. En este sentido, centralizará la gestión económica y presupuestaria del Departamento y, tramitará las diferentes fases de ejecución presupuestaria ante órganos externos del Departamento.
  • c) Centralizar la gestión económica y presupuestaria del Departamento y, tramitar las diferentes fases de ejecución presupuestaria ante órganos externos del Departamento.
  • d) Centralizar las relaciones que en virtud de la Ley de Patrimonio de Euskadi se requieran con la Dirección de Patrimonio y Contratación, así como con el área de contabilidad patrimonial del Departamento de Hacienda y Administración Pública, respecto a los bienes de los que disponga el Departamento y, colaborar con aquella Dirección en la confección del Inventario Patrimonial relativo a los bienes y derechos adscritos al Departamento.
  • e) Estructurar los servicios jurídicos del Departamento, prestar asesoramiento jurídico a los órganos del Departamento y emitir los informes en derecho requeridos, sin perjuicio de las competencias que en este caso ostenta la Vicepresidencia del Gobierno.
  • f) Coordinar, elaborar en su caso, y efectuar el seguimiento de la normativa emanada del Departamento.
  • g) Colaborar en la elaboración de Informes o dictámenes que hayan de emitirse con carácter preceptivo por los órganos del Departamento cuando los mismos tengan una incidencia o relevancia jurídica.
  • h) Analizar y formular propuestas de resolución de recursos administrativos interpuestos contra actos del Departamento, las reclamaciones de responsabilidad patrimonial y las previas a la vía judicial civil cuya resolución corresponda a órganos del Departamento, así como coordinar a través de la Dirección de lo Contencioso de la Vicepresidencia del Gobierno, las relaciones que procedan respecto a los asuntos del Departamento con los juzgados y tribunales de justicia a efectos de la remisión de expedientes y documentación que soliciten y de la ejecución de sus sentencias.

En el ámbito de la gestión de personal le corresponde:

  • a) Administrar y gestionar los procedimientos que procedan en relación con el personal adscrito al Departamento, ejerciendo las competencias que al respecto determina el artículo 10 de la Ley de la Función Pública Vasca. Estas funciones las desarrollará sin perjuicio de las atribuciones que corresponde a los órganos competentes del Departamento de Hacienda y Administración Pública.
  • b) Evaluar las necesidades del personal formuladas en el Departamento y realizar las propuestas para la elaboración de las plantillas y de relaciones de puestos de trabajo en el mismo.
  • c) Promover los planes y programas de formación y perfeccionamiento del personal, sin perjuicio de la colaboración que, al respecto, haya de realizarse con el Instituto Vasco de Administración Pública.
  • d) Mantener adecuadamente informados a los servicios del Departamento de los acuerdos y resoluciones relativas al personal, adoptados por los órganos competentes, vigilando el cumplimiento de los mismos.
  • e) Elaborar propuestas sobre la organización interna y racionalización de los servicios del Departamento y de los sistemas y métodos de trabajo en el mismo, en forma coordinada con los demás órganos del Departamento y con los órganos competentes de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • f) Incoar los expedientes e imponer las sanciones leves que en materia de personal sean procedentes conforme a la normativa vigente.

- En el ámbito de Planificación y Estudios desempeñará los siguientes cometidos:

  • a) Llevar a cabo la gestión y coordinación en materia de sistemas de información, estadística, estudios y análisis, sin perjuicio de las competencias que correspondan al Departamento de Hacienda y Administración Pública, adscribiéndosele el Órgano Estadístico Específico del Departamento regulado por el Decreto 86/1996, de 23 de abril. Dicha adscripción lo será sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto 180/1993, de 22 de junio, por el que se regulan los Órganos Estadísticos Específicos de los Departamentos del Gobierno.
  • b) Emitir informes preceptivos y previos al inicio de las contrataciones que en relación o vinculadas a las materias señaladas en el apartado anterior puedan instarse desde los diferentes servicios departamentales.
  • c) Realizar a instancia del Consejo de Dirección estudios e informes de carácter general sobre cuantos temas sean de interés para desarrollar la política del Departamento.

– En cuanto órgano de gestión transversal del Departamento le corresponde además:

  • a) Garantizar el soporte necesario para desarrollar y ejecutar las iniciativas y directrices dictadas por el órgano competente en materia de Reforma y Modernización de la Administración en orden a desarrollar las previsiones del programa de Gobierno relativos a la citada materia en el ámbito de actuación del Departamento.
  • b) Asegurar el óptimo funcionamiento de los servicios de información y atención al ciudadano del Departamento (niveles 2 y 3 de atención), así como articular adecuadamente las relaciones con el Servicio de Atención al Ciudadano del Gobierno-Zuzenean.
  • c) Promover las actuaciones necesarias para alcanzar una actuación coordinada y eficaz de las diferentes dependencias departamentales en orden a disponer de los elementos de información, documentación e investigación en los ámbitos de actuación asignados al Departamento.
  • d) Coordinar las publicaciones audiovisuales, electrónicas, informáticas y telemáticas del Departamento, asegurando con las Direcciones del Departamento la existencia de interlocutores operativos en las diferentes materias de su ámbito competencial.
  • e) Dirigir las actuaciones con las distintas unidades del Departamento relacionadas con la distribución física y equipamiento de puestos de trabajo y obras de reforma, sin perjuicio de las competencias asignadas en esta materia al Departamento de Hacienda y Administración Pública. Atender y cuidar el régimen interior de las dependencias del Departamento y la administración y conservación del patrimonio adscrito al mismo y de su equipamiento. 
  • f) Planificar y coordinar las necesidades en materia Informática respecto de aplicaciones y soportes para el Departamento, siempre que no vengan atribuidas a otros Departamentos de la Administración.
  • g) Tramitar y coordinar los expedientes y asuntos que hayan de ser sometidos al Consejo de Gobierno o a sus órganos delegados, así como la de aquellas disposiciones y actos administrativos que hayan de publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.
  • h) Desarrollar las funciones y, en su caso, promover y articular las medidas que en relación al cumplimiento del Plan de normalización del uso del euskera en el Departamento procedan.
  • i) Actuar como órgano de contratación de aquellas materias que excedan del ámbito propio de alguna de las Viceconsejerías cuando, de conformidad a la legislación vigente tengan el carácter de contratos menores.
  • j) Asumir y coordinar cuantas funciones le vengan atribuidas al Departamento en materia de Fundaciones, siempre que expresamente no se determine un órgano concreto del mismo.
  • k) Diseñar y desarrollar modelos de calidad en el Departamento.