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(B.O.P.V. nº 4, de 7 de enero de 1994) OSALAN surge con el objeto de coordinar y centralizar en un sólo órgano técnico todas las acciones que competen a la Comunidad Autónoma Vasca en el ámbito de la seguridad, higiene, medio ambiente y salud laborales, con el fin último de dotar de contenido efectivo a los derechos reconocidos a la población trabajadora. Asume para ello las tareas de promoción y prevención de la salud y la seguridad de los trabajadores dentro del marco normativo establecido por la Constitución Española, las Directivas Europeas, el Estatuto de los Trabajadores y el Estatuto de Autonomía de la C.A.P.V. OSALAN se constituye a partir de estructuras previamente existentes en Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco, que son: - Los Centros Territoriales (C.T.), transferidos a la Comunidad Autónoma del País Vasco por Real Decreto 2557/1985, de 18 de diciembre (B.O.E. nº 8, de 9 de enero de 1986).
- Los Servicios de Salud Laboral cuyas funciones fueron transferidas a la Comunidad Autónoma por Real Decreto 2209/1979, de 7 de septiembre (B.O.E. nº 227, de 21 de septiembre de 1979). La actuación de OSALAN se extiende a todas las ramas de la actividad económica con trabajadores empleados, incluidas las cooperativas y las Administraciones Públicas. Así mismo, llevará a cabo actividades de promoción de la prevención de riesgos laborales en relación con los trabajadores por cuenta propia. (B.O.P.V. nº 13, de 18 de enero de 1996) |
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